Existen tres
alternativas para la cancelación de las opciones:
1.- Ejercicio
2.- Compensación
3.- Expiración
del plazo de vigencia
1.- Ejercicio
Cuando el
comprador hace uso del derecho adquirido con la opción, se dice que el comprador
ejerce la opción.
Al ejercer la
opción, esta caduca automáticamente quedando comprado o vendido en el mercado de
futuros, según el tipo de opción (call o put) que ejerce, en las mismas
condiciones que había pactado al comprar la opción.
En el MATba existen dos formas de ejercer la
opción:
a) Ejercer y
pasar al mercado de futuros
En este caso el
comprador comunica que desea ejercer la opción a su intermediario, quien a su
vez le comunicará al MAT que ha decidido ejercer determinada opción. El MATba genera el contrato de futuros
respectivo y seleccionará al vendedor de la opción, registrando la contraparte
del contrato generado.
Esta forma de
ejercicio de opciones se puede realizar en cualquier momento del plazo de
vigencia de la opción.
b) Ejercer y
liquidar por precio de ajuste
Este caso es
similar al anterior con la salvedad de que una vez que el MATba seleccionó al vendedor liquida a
ambos contra el precio de ajuste, abonando o cobrando la diferencia respectiva.
El precio de ajuste utilizado para la liquidación será disminuido en un 1%
cuando la opción ejercida fuese un call o incrementado en el mismo porcentaje
cuando la opción ejercida fuese un put.
Supongamos que
compra un put de trigo enero a U$S 120,- y que el día del vencimiento el trigo
enero cotiza a U$S 110,-. Decide ejercer y liquidar por precio de ajuste que es
de U$S 110,- igual al de cotización.
La liquidación
será:
Precio del put
U$S 120,-
-Precio de ajuste
U$S 110,-
-incremento del
1% U$S 1,10
Neto a cobrar
U$S 8,90
Esta forma de
ejercicio de opciones se puede realizar únicamente el día de vencimiento del
plazo de vigencia de la opción.
2.-
Compensación
La cancelación
por compensación consiste en realizar una operación inversa a la que se quiere
cancelar. La condición que se debe cumplir es que las opciones deben ser del
mismo tipo (call o put), del mismo precio de ejercicio y del mismo mes. Por
ejemplo si quiero cancelar un put de maíz mayo a U$S 100,- que había comprado,
debo vender un put de maíz mayo a U$S 100,-.
El resultado de
dicha cancelación será la diferencia entre la prima que pague al comprar la
opción y la prima que cobre al venderla.
En definitiva la
cancelación por compensación no es otra cosa que transferir el derecho adquirido
(comprador) o el derecho otorgado (vendedor) a un tercero.
3.-
Expiración del plazo de vigencia.
Las opciones
expiran por el mero transcurso del tiempo. Al llegar la fecha de vencimiento de
la opción el comprador perderá el derecho adquirido y el vendedor habrá ganado
la prima.
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