Los contratos de
futuros se pueden cancelar de dos formas:
a) Por
compensación.
b) Con la
entrega de la mercadería.
Cancelación por
compensación
La cancelación
por compensación consiste en realizar un contrato de futuro tomando una posición
opuesta a la del contrato que se quiere cancelar. Por ejemplo un productor vende
un contrato de trigo enero; para cancelarlo por compensación deberá comprar
trigo enero. Con esta última operación cancela su operación de venta original
desligándose del compromiso asumido con el mercado de futuros.
Un exportador
compra maíz mayo; para cancelar ese contrato por compensación deberá vender maíz
mayo.
Esta forma de
cancelar los contratos se basa en el comportamiento de los precios del mercado
cash o contado y del mercado de futuros. Recordemos lo dicho anteriormente sobre
el comportamiento de los precios en ambos mercados:
1.- los precios
del mercado de contado y del futuro oscilan en la misma dirección, aunque no en
la misma magnitud.
2.- a medida que
se aproxima el mes de vencimiento del contrato de futuros, ambos precios tienden
a converger, es decir que la diferencia es prácticamente nula.
Observando la
figura 1, podemos confirmar lo expuesto anteriormente para la posición trigo
marzo 2008
en el puerto de
Bs.As., comparado con el valor del trigo en el contado.
Generalmente
los precios de futuros son mayores a los precios de contado, tales diferencias
reflejan el costo de mantenimiento para una entrega futura y el costo de
transporte entre la ubicación del producto contado y el mercado de futuros. Por
lo tanto al llegar la fecha de vencimiento del contrato de futuro, la diferencia
deberá ser el costo de transporte de la mercadería.
Utilizando la
cancelación por compensación nos desligamos del compromiso de recibir o entregar
la mercadería a través del mercado de futuros, y lo único que obtenemos es un
resultado por diferencia entre los precios de ambos contratos. Esta diferencia
se compensará con la operación que hacemos en el contado, entregando o
recibiendo la mercadería en nuestra localidad o en el lugar negociado.
Analicemos un
ejemplo:
Un productor de
Pergamino cubre 200 tns. de su producción de trigo realizando dos contratos de
venta en el MATba
(cada contrato
es de 100 tns.) a U$S 125,- para el mes de enero.
Llega el mes de
diciembre y el productor decide cancelar sus dos contratos de venta.
Rea
liza dos
contratos de compra de trigo enero a U$S 121,- compensa sus contratos de venta
desligándose del compromiso asumido con el MAT y obtiene como resultado U$S 4,-
de ganancia. En Pergamino el trigo en ese momento se negocia a U$S 121,-
El productor vende su trigo a ese precio entregando la mercadería en Pergamino y
obtiene como precio de venta final U$S 125,- ( U$S 121,- + U$S 4,-).
OPERATORIA DE FUTUROS
Venta de 200 tns.
de trigo enero
U$S 125,- (dos contratos)
Compra de 200 tns. de trigo enero
U$S 121,- (dos
contratos)
Resultado
U$S
4,- utilidad
OPERATORIA EN
PERGAMINO
Venta
de trigo a
U$S 121,-
Resultado futuros
U$S 4,-
Precio de venta final
U$S 125,-
La cancelación
por compensación es la mas utilizada por los operadores en todos los mercados de
futuros del mundo. En el MATba esta cancelación se puede realizar en
cualquier momento hasta la rueda anterior a las últimas cinco del mes de
vencimiento del contrato.
Cancelación
mediante la entrega de la mercadería
La cancelación
con la entrega de la mercadería se puede realizar únicamente en el mes de
vencimiento del contrato.
En el MATba durante el mes del vencimiento del contrato y hasta la rueda
anterior a las últimas cinco, el vendedor tiene la opción de manifestar o no su
intención de entregar la mercadería a través del mercado, presentando un
formulario la ?Oferta de entrega?, donde indicará el producto, la cantidad,
lugar de entrega y si existe un entregador en representación de él. El MATba selecciona un comprador al azar permitiendo que en el
transcurso del día venda la oferta de entrega, es decir que realice una
cancelación por compensación. Si el comprador acepta la oferta, la devuelve al
MATba para su registración.
Todos los
contratos que al día de la primer rueda de las últimas cinco del mes estuvieran
abiertos, se deben cancelar con la entrega de la mercadería, realizando el
procedimiento desarrollado anteriormente.
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